arraigo socioformativo (DEPARTAMENTO DE ORIENTACIÓN)
Información general:
Con este arraigo se puede estudiar y trabajar a la vez. Hay que llevar dos años en España y no tener documentos.
1. Normativa de referencia
Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
INSTRUCCIONES SEM 1/2025 SOBRE LAS AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES POR RAZÓN DE ARRAIGO PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA, APROBADO POR EL REAL DECRETO 1155/2024, DE 19 DE NOVIEMBRE
2. Requisitos del Arraigo Socioformativo
Se podrá conceder una autorización de residencia temporal por las razones de arraigo cuando la persona extranjera cumpla de forma acumulativa los siguientes requisitos generales:
Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de la presentación de la solicitud ni durante su tramitación.
Haber permanecido en territorio nacional de forma continuada durante, al menos, los dos años anteriores a la presentación de dicha solicitud. (Cuando la persona extranjera haya sido solicitante de protección internacional, no será computable el tiempo de permanencia durante la tramitación de la solicitud hasta su resolución).
No presentar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.
Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la fecha de entrada en España, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
No encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España
Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento.
Estar matriculado o estar cursando estudios o comprometerte a realizar una formación concreta
Contar conun informe de inserciónsocial enEspaña.
3. Acreditación de la permanencia en España
Es necesario acreditar dos años de permanencia en España con documentos que muestren haber estado en el país como facturas, envíos de dinero, certificados de empadronamiento históricos...
Y muy importante, no se pueden tener salidas del país que superen los 90 días en los dos años.
4. En qué enseñanzas se puede estar matriculado
El arraigo socioformativo está pensado para poder estudiar y formarse. La formación tiene que ser Presencial o Semipresencial (en el supuesto de semipresencial, es necesario que al menos el 50% de la formación sea presencial)
ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA POSTOBLIGATORIA
Bachillerato
Ciclo formativo de grado medio
Enseñanzas artísticas de grado medio
Enseñanzas deportivas de grado medio
Enseñanzas artísticas profesionales de música y danza
FORMACIÓN CONDUCENTE A OBETENER UN CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD DE NIVEL 1, 2 Y 3
ESTUDIOS DE EDUCACION OBLIGATORIA DENTRO DE LA EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS:
Enseñanzas Iniciales
Educación secundaria obligatoria para personas adultas ESPA
FORMACIÓN PROMOVIDA POR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO ORIENTADA A CUBRIR LOS PUESTOS DEL CATÁLOGO DE DIFÍCIL COBERTURA.
5. Informe de inserción social
Novedad que introduce esta normativa y se encargan los Ayuntamientos y Corporaciones locales. Este informe acredita que el ciudadano extranjero tiene vínculos en nuestro país y está integrado. Ahora mismo es el punto que más problemas está dando por los retrasos en su tramitación
6. Trabajar con el arraigo socioformativo
Es una de las grandes novedades de la normativa en vigor y permite trabajar hasta 30 horas a la semana en cualquier sector.
7. Prórroga del arraigo socioformativo
Se ha establecido la prórroga condicionada al informe del centro educativo en el que se realice la formación que certifique su debido aprovechamiento. En el supuesto de que se hubiera terminado la formación antes de finalizar el año, la prórroga se condicionará a la prueba del título obtenido y a la existencia de una relación laboral o de no tenerla, a la de encontrarse en situación de búsqueda activa de empleo.
Violencia de género, feminicidios y la realidad que no siempre vemos
Esta es la tercera píldora informativa y en esta ocasión, hablamos de cifras reales, de lo sí vemos... y de lo que muchas veces queda fuera de las estadísticas oficiales.
1. ¿De qué hablamos cuando hablamos de violencia sobre las mujeres?
En España hay dos maneras diferentes de contar la violencia que sufren las mujeres:
💜Violencia de género (en sentido legal)
Solo se cuenta cuando el agresor es la pareja o expareja de la mujer. Es la categoría que aparece en los telediarios y la que recoge las estadísticas oficiales del Estado.
💜Feminicidios (visión más amplia)
Incluye todos los asesinatos de mujeres cometidos por hombres, aunque no haya relación afectiva:
familiares
conocidos
clientes (prostitución)
agresores sexuales
asesinatos en el espacio público
desconocidos
Los feminicidios suelen ser el doble o más que los asesinatos contabilizados oficialmente como violencia de género.
2. Datos reales de 2024-2025
(Actualizados hasta noviembre de 2025)
💜Violencia de género (pareja/expareja)
Mujeres asesinadas en 2025: 38
Víctimas de violencia de género en 2024: 34.684 mujeres.
💜Feminicidios y otros asesinatos de mujeres cometidos por hombres
Feminicidios documentados en 2025: al menos 79(más del doble que los casos oficiales de violencia de género)
💜Intentos de asesinato (tentativas)
Aunque no existe un registro público específico para 2025, sí sabemos que:
En 2023 se juzgó a 28 hombres por tentativa de homicidio o asesinato en contexto de violencia de género.
En España se registraron 995 tentativas de homicidio (de todo tipo) en 2024, lo que muestra que los intentos son mucho más frecuentes que los asesinatos consumados.
Conclusión importante: Por cada mujer asesinada, hay muchas más mujeres que sobreviven a agresiones graves y a intentos de asesinato que no siempre llegan a la prensa.
3. Legislación actual (2025): avances y límites
España reconoce la violencia de género solo cuando el agresor es la pareja o expareja
En 2025 se amplió la especialización de los juzgados para incluir también delitos de violencia sexual.
El Pacto de Estado contra la Violencia de Género fue renovado en 2025 pasando de 290 a 461 medidas.
Se ha dado un paso para reconocer legalmente la violencia vicaria (dañar a hijos e hijas para causar sufrimiento a la madre).
Este marco legal es importante, pero también deja fuera muchos feminicidios, lo que provoca que parte del problema quede invisibilizado.
4. ¿Por qué es importante dar todos los datos?
Porque las vidas de las mujeres valen por igual, y porque la violencia machista no empieza ni termina en una relación de pareja.
Conocer los datos completos permite:
romper mitos
detectar señales de alerta
comprender la magnitud real
educar mejor en igualdad y prevención
acompañar a posibles víctimas en nuestro entorno
5. Recursos de ayuda
016 - Información y asesoramiento (no deja rastro en factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo, atiende a vícitmas de violencia de género a a sus familias, 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes)
Los menores pueden dirigirse al teléfono de la fundación ANAR 900202010
Si es una situación de emergencia: 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062) y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización
Chat online de apoyo: Portal de Violencia de Género (Ministerio de Igualdad)
💜Conclusión
La violencia contra las mujeres no es solo una cifra que vemos en las noticias. Es una realidad compleja que afecta a miles de mujeres cada año. Informarnos es el primer paso para poder actuar, educar y acompañar.
💜Mini Cuestionario: ¿Cuánto sabes de la realidad?
1. En España se considera oficialmente "violencia de género" cuando...
a) El agresor es cualquier hombre
b) El agresor es la pareja o expareja
c) La víctima tiene hijos
2. En 2025, ¿qué diferencia hay entre mujeres asesinadas pro violencia de género y feminicidios totales?
a) Son casi iguales
b) Los feminicidios son el doble o más
c) Los feminicidios son menos
3. ¿Hay intentos de asesinato en violencia de género?
a) Casi no existen
b) Se dan de forma aislada
c) Cada año hay decenas de hombres juzgados pro tentativa de homicidio
4. ¿Cuál crees que refleja mejor la realidad?
a) La violencia solo es grave cuando termina en asesinato